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Términos y Condiciones

CONDICIONES GENERALES PARA LA VENTA DE BIENES Y SERVICIOS



Estas condiciones generales de venta (estas “Condiciones”) son las únicas condiciones que rigen la venta de bienes (“Productos”) y servicios (“Servicios”) (colectivamente, “Suministros”) por parte de Hengstler GmbH (“Hengstler” o “Proveedor”) al comprador de dichos Productos y/o Servicios (“Comprador”). Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, si existe un contrato escrito firmado por ambas partes que cubra la venta de los Suministros contemplados en el presente, los términos y condiciones de dicho contrato prevalecerán en la medida en que sean incompatibles con estas Condiciones. Si los Suministros se adquieren a través del sitio web de comercio electrónico de Hengstler con sede en la Unión Europea, también se aplicarán los términos adicionales establecidos en el Anexo A.



I. GENERALIDADES



  1. El alcance de las entregas y/o servicios (en adelante, “Suministros”) se determinará mediante las declaraciones escritas de ambas partes. Las condiciones generales del Comprador se aplicarán solo si y cuando sean aceptadas expresamente por escrito por el Proveedor.
  2. El Proveedor se reserva los derechos de propiedad industrial y/o los derechos de autor relacionados con sus presupuestos, dibujos y otros documentos (en adelante, “Documentos”). Los Documentos no podrán ponerse a disposición de terceros sin el consentimiento previo del Proveedor y deberán ser devueltos sin demora indebida al Proveedor si no se adjudica el contrato al Proveedor. Las frases 1 y 2 se aplicarán mutatis mutandis a los Documentos del Comprador; no obstante, estos podrán ponerse a disposición de terceros a quienes el Proveedor pueda transferir legítimamente los Suministros.
  3. El Comprador tendrá el derecho no exclusivo de utilizar software estándar, siempre que permanezca sin cambios, se utilice dentro de los parámetros de rendimiento acordados y en el equipo acordado. El Comprador podrá realizar una copia de seguridad sin necesidad de acuerdo expreso.
  4. Se permitirán Suministros parciales, salvo que resulten irrazonables de aceptar para el Comprador.



II. PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO



  1. Los precios serán EXW (franco fábrica) y excluyen embalaje; el IVA se añadirá a la tasa vigente en ese momento.
  2. Si el Proveedor también es responsable del montaje o instalación y salvo que se acuerde lo contrario, el Comprador deberá pagar la remuneración acordada y los costes adicionales necesarios, por ejemplo, gastos de viaje, transporte de herramientas y equipos, equipaje personal, así como dietas.
  3. Los pagos deberán realizarse libres de cargos en la oficina de pagos del Proveedor.
  4. El Comprador solo podrá compensar aquellas reclamaciones que sean indiscutibles o contra las que no sea posible recurso legal.



III. RESERVA DE DOMINIO



  1. Los artículos relacionados con los Suministros (“Bienes Retenidos”) seguirán siendo propiedad del Proveedor hasta que se hayan cumplido todas y cada una de las reclamaciones que el Proveedor tenga contra el Comprador en virtud de la relación comercial. Si el valor combinado de las garantías del Proveedor excede el valor de todas las reclamaciones garantizadas en más de un 20 %, el Proveedor liberará una parte correspondiente de la garantía si así lo solicita el Comprador.
  2. Mientras dure la reserva de dominio, el Comprador no podrá pignorar los Bienes Retenidos ni utilizarlos como garantía, y la reventa solo será posible para distribuidores en el curso ordinario de su negocio y solo con la condición de que el distribuidor reciba el pago de su cliente o haga que la transferencia de propiedad al cliente dependa del cumplimiento por parte de este de su obligación de pago.
  3. El Comprador deberá informar de inmediato al Proveedor de cualquier embargo o intervención de terceros.
  4. Cuando el Comprador incumpla sus obligaciones, incluido el incumplimiento de pagos debidos, el Proveedor tendrá derecho a resolver el contrato y recuperar los Bienes Retenidos en caso de incumplimiento continuo tras la expiración de un plazo razonable fijado por el Proveedor; las disposiciones legales que estipulan que no se requiere un plazo siguen sin verse afectadas. El Comprador estará obligado a devolver los Bienes Retenidos.



IV. PLAZOS DE ENTREGA; RETRASOS



  1. Los plazos fijados para los Suministros solo podrán cumplirse si todos los Documentos que deba proporcionar el Comprador, los permisos y autorizaciones necesarios, especialmente los relativos a planos, se reciben a tiempo y si se cumplen las condiciones de pago acordadas y otras obligaciones del Comprador. Si estas condiciones no se cumplen a tiempo, los plazos se prorrogarán en consecuencia; esto no se aplicará cuando el Proveedor sea responsable del retraso.
  2. Si el incumplimiento de los plazos se debe a fuerza mayor, como movilización, guerra, disturbios u otros eventos similares, como huelga o cierre patronal, dicho plazo se prorrogará en consecuencia.
  3. Si el Proveedor es responsable del retraso (“Retraso”) y el Comprador demuestra haber sufrido una pérdida por ello, el Comprador podrá reclamar una indemnización por daños liquidados del 0,5% por cada semana completa de Retraso, pero en ningún caso más de un total del 5% del precio de aquella parte de los Suministros que, debido al Retraso, no haya podido destinarse al uso previsto.
  4. Las reclamaciones del Comprador por daños debido a Suministros retrasados, así como las reclamaciones por daños en lugar de cumplimiento que excedan los límites especificados en el punto 3 anterior, quedarán excluidas en todos los casos de Suministros retrasados, incluso tras la expiración de un plazo fijado al Proveedor para efectuar los Suministros. Esto no se aplicará en casos de responsabilidad obligatoria por dolo, negligencia grave o por lesiones a la vida, integridad física o salud. La rescisión del contrato por parte del Comprador con base en la ley se limitará a los casos en que el Proveedor sea responsable del retraso. Las disposiciones anteriores no implican un cambio en la carga de la prueba en perjuicio del Comprador.
  5. A petición del Proveedor, el Comprador deberá declarar en un plazo razonable si rescinde el contrato debido a los Suministros retrasados o si insiste en que se realicen.
  6. Si el envío o despacho se retrasa a petición del Comprador más de un mes después de haberse notificado la disponibilidad para el despacho, se podrá cobrar al Comprador, por cada mes comenzado, costes de almacenamiento del 0,5% del precio de los artículos de los Suministros, pero en ningún caso más de un total del 5%. Las partes podrán demostrar que se han incurrido en costes de almacenamiento mayores o menores según el caso.



V. TRANSMISIÓN DEL RIESGO



  1. Incluso cuando se haya acordado la entrega franco destino, el riesgo se transmitirá al Comprador como sigue: a) si los Suministros no incluyen montaje o instalación, en el momento en que los Suministros se envíen o sean recogidos por el transportista. A solicitud del Comprador, el Proveedor asegurará los Suministros contra los riesgos habituales de transporte a expensas del Comprador; b) si los Suministros incluyen montaje o instalación, en el día de la aceptación en las propias instalaciones o, si así se acuerda, tras una prueba sin fallos.
  2. El riesgo se transmitirá al Comprador si el envío, despacho, inicio o ejecución del montaje o instalación, la aceptación en las propias instalaciones o la prueba se retrasan por razones imputables al Comprador o si este no acepta los Suministros de otro modo



VI. MONTAJE E INSTALACIÓN





Salvo acuerdo escrito en contrario, el montaje/instalación se regirá por las siguientes disposiciones:



  1. El Comprador proporcionará por su cuenta y a tiempo: a) todos los trabajos de excavación y construcción y demás trabajos auxiliares fuera del alcance del Proveedor, incluida la mano de obra cualificada y no cualificada, materiales de construcción y herramientas; b) los equipos y materiales necesarios para el montaje y la puesta en marcha, como andamios, equipos de elevación y otros dispositivos, así como combustibles y lubricantes; c) energía y agua en el punto de uso, incluidas conexiones, calefacción e iluminación; d) locales secos y cerrables de tamaño suficiente, adyacentes al lugar de instalación, para almacenar piezas de máquinas, aparatos, materiales, herramientas, etc., así como lugares de trabajo y de descanso adecuados para el personal de montaje, incluidas las instalaciones sanitarias que correspondan a las circunstancias específicas. Además, el Comprador adoptará todas las medidas que tomaría para proteger sus propias posesiones, para proteger las posesiones del Proveedor y del personal de montaje en el lugar; e) ropa de protección y dispositivos de seguridad necesarios debido a las condiciones particulares que prevalezcan en el sitio específico.
  2. Antes de que comiencen los trabajos de montaje, el Comprador pondrá a disposición por iniciativa propia toda la información requerida sobre la ubicación de cables eléctricos, líneas de gas y agua ocultas u otras instalaciones similares, así como los datos estructurales necesarios.
  3. Antes del montaje o la instalación, los materiales y equipos necesarios para iniciar el trabajo deberán estar disponibles en el lugar de montaje/instalación y cualquier trabajo preparatorio deberá haber avanzado hasta tal punto que el montaje/instalación pueda comenzar según lo acordado y llevarse a cabo sin interrupciones. Las vías de acceso y el propio lugar de montaje/instalación deberán estar nivelados y despejados.
  4. Si el montaje, instalación o puesta en marcha se retrasan debido a circunstancias no imputables al Proveedor, el Comprador asumirá los costes razonables incurridos por los tiempos muertos y cualquier desplazamiento adicional del Proveedor o del personal de montaje.
  5. El Comprador certificará las horas trabajadas por el personal de montaje al Proveedor a intervalos semanales y confirmará de inmediato por escrito si el montaje, instalación o puesta en marcha se han completado.
  6. Si, tras la finalización, el Proveedor solicita la aceptación de los Suministros, el Comprador deberá cumplir con ello en un plazo de dos semanas. En caso de incumplimiento, se considerará que la aceptación ha tenido lugar. La aceptación también se considerará efectuada si los Suministros se ponen en uso tras la finalización de una fase de prueba acordada, si la hubiere.



VII. RECEPCIÓN DE LOS SUMINISTROS



El Comprador no podrá rechazar la recepción de los Suministros debido a defectos menores.



VIII. DEFECTOS DE CALIDAD



El Proveedor será responsable de los defectos de calidad (“Defectos”) como sigue:
  1. Todas las partes o servicios en los que se manifieste un Defecto dentro del periodo de prescripción serán, a discreción del Proveedor, reparados, sustituidos o prestados de nuevo sin cargo alguno, independientemente de las horas de funcionamiento transcurridas, siempre que la causa del Defecto ya existiera en el momento de la transmisión del riesgo.
  2. Las reclamaciones basadas en Defectos estarán sujetas a un periodo de prescripción de 12 meses. Esta disposición no se aplicará cuando la ley prevea plazos más largos de conformidad con el art. 438 párr. 1 núm. 2 (edificios y cosas utilizadas para un edificio), art. 479 párr. 1 (derecho de recurso) y art. 634a párr. 1 núm. 2 (defectos de un edificio) del Código Civil Alemán (“BGB”), así como en casos de lesiones a la vida, integridad física o salud, o cuando el Proveedor incumpla intencionadamente o por negligencia grave sus obligaciones u oculte fraudulentamente un Defecto. Las disposiciones legales sobre la suspensión del vencimiento (“Ablaufhemmung”), suspensión (“Hemmung”) y reinicio de los periodos de prescripción permanecen sin cambios.
  3. El Comprador deberá notificar por escrito y sin demora indebida los Defectos al Proveedor.
  4. En caso de notificación de un Defecto, el Comprador podrá retener pagos en una medida razonable teniendo en cuenta el Defecto producido. Sin embargo, el Comprador solo podrá retener pagos si el objeto de la notificación del Defecto está justificado sin lugar a dudas. Notificaciones infundadas de Defectos darán derecho al Proveedor a ser reembolsado por los gastos ocasionados por el Comprador.
  5. El Proveedor deberá tener la oportunidad de subsanar (“Nacherfüllung”) dentro de un periodo de tiempo razonable.
  6. Si la subsanación no tiene éxito, el Comprador tendrá derecho a rescindir el contrato o reducir la remuneración, independientemente de cualquier reclamación por daños y perjuicios que pueda tener conforme al Art. XI.
  7. No existirá reclamación basada en Defecto en casos de desviaciones insignificantes de la calidad acordada, deterioro menor de la utilidad, desgaste natural o daños surgidos después de la transmisión del riesgo por manipulación incorrecta o negligente, sobrecarga, equipos inadecuados, trabajos defectuosos, terreno de cimentación inapropiado o por influencias externas particulares no asumidas en el contrato, o por errores de software no reproducibles. Las reclamaciones basadas en Defectos atribuibles a modificaciones indebidas o trabajos de reparación realizados por el Comprador o terceros, así como sus consecuencias, también quedarán excluidas.
  8. El Comprador no tendrá derecho a reclamación respecto a los gastos incurridos durante la subsanación, incluidos los costes de viaje y transporte, mano de obra y materiales, en la medida en que dichos gastos se incrementen porque el objeto de los Suministros se haya trasladado posteriormente a un lugar diferente de la sede del Comprador, a menos que esto cumpla con el uso previsto de los Suministros.
  9. El derecho de recurso del Comprador contra el Proveedor conforme al art. 478 BGB se limita a los casos en que el Comprador no haya celebrado un acuerdo con sus clientes que exceda el ámbito de las disposiciones legales aplicables a las reclamaciones basadas en Defectos. Además, el punto 8 anterior se aplicará mutatis mutandis al ámbito del derecho de recurso que el Comprador tiene contra el Proveedor conforme al art. 478 párr. 2 BGB.
  10. Además, se aplicarán las disposiciones del Art. XI (Otras Reclamaciones por Daños) en relación con las reclamaciones por daños. Cualquier otra reclamación del Comprador contra el Proveedor o sus agentes, o cualquier reclamación que exceda las previstas en este Art. VIII, basada en un Defecto, quedará excluida.



IX. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y COPYRIGHT — DEFECTOS DE TITULARIDAD



  1. Salvo que se acuerde lo contrario, el Proveedor entregará los Suministros libres de derechos de propiedad industrial y derechos de autor de terceros (en adelante, “DPI”) con respecto al país del lugar de destino. Si un tercero hace valer una reclamación justificada contra el Comprador basada en la infracción de un DPI en relación con los Suministros fabricados por el Proveedor y utilizados posteriormente de conformidad con el contrato, el Proveedor será responsable ante el Comprador dentro del plazo estipulado en el Art. VIII punto 2 de la siguiente forma: a) El Proveedor decidirá si adquiere, por su cuenta, el derecho a utilizar el DPI en relación con los Suministros afectados o si modifica los Suministros de manera que dejen de infringir el DPI o los sustituye. Si esto resultara irrazonable para el Proveedor, el Comprador podrá rescindir el contrato o reducir la remuneración de conformidad con las disposiciones legales aplicables. b) La responsabilidad del Proveedor por daños y perjuicios se regirá por el Art. XI. c) Las obligaciones anteriores del Proveedor solo se aplicarán si el Comprador: (i) notifica inmediatamente por escrito al Proveedor cualquier reclamación presentada por el tercero, (ii) no reconoce la existencia de una infracción y (iii) deja a discreción del Proveedor todas las medidas de protección y negociaciones para el acuerdo. Si el Comprador deja de utilizar los Suministros para reducir los daños o por cualquier otro motivo válido, deberá indicar al tercero que el cese del uso no implica reconocimiento alguno de la supuesta infracción.
  2. Las reclamaciones del Comprador quedarán excluidas si este es responsable de la infracción de un DPI.
  3. Las reclamaciones del Comprador también quedarán excluidas si la infracción del DPI se debe a especificaciones realizadas por el Comprador, a un tipo de uso no previsible por el Proveedor o a que los Suministros hayan sido modificados por el Comprador o se utilicen junto con productos no suministrados por el Proveedor.
  4. Además, con respecto a las reclamaciones del Comprador conforme al apartado 1 a) anterior, se aplicarán mutatis mutandis los puntos 4, 5 y 9 del Art. VIII en caso de infracción de un DPI.
  5. En caso de que se produzcan otros defectos de titularidad, se aplicará mutatis mutandis el Art. VIII.
  6. Cualquier otra reclamación del Comprador contra el Proveedor o sus agentes, o cualquier reclamación que exceda las previstas en este Art. IX, basada en un defecto de titularidad, quedará excluida.



X. IMPOSIBILIDAD DE EJECUCIÓN; ADAPTACIÓN DEL CONTRATO



  1. En la medida en que los Suministros resulten imposibles de realizar, el Comprador tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios, salvo que el Proveedor no sea responsable de la imposibilidad. No obstante, la reclamación del Comprador por daños y perjuicios se limitará a una cantidad del 10% del valor de la parte de los Suministros que, debido a la imposibilidad, no pueda destinarse al uso previsto. Esta limitación no se aplicará en caso de responsabilidad obligatoria por dolo, negligencia grave o lesiones a la vida, integridad física o salud; esto no implica un cambio en la carga de la prueba en perjuicio del Comprador. El derecho del Comprador a rescindir el contrato no se verá afectado.
  2. Cuando acontecimientos imprevisibles en el sentido del Art. IV punto 2 modifiquen sustancialmente la importancia económica o el contenido de los Suministros o afecten considerablemente a la actividad del Proveedor, el contrato se adaptará teniendo en cuenta los principios de razonabilidad y buena fe. Cuando esto resulte económicamente irrazonable, el Proveedor tendrá derecho a rescindir el contrato. Si el Proveedor tiene la intención de ejercer su derecho de rescisión, deberá notificarlo al Comprador sin demora indebida después de haber reconocido las repercusiones del suceso; esto también se aplicará cuando se hubiera acordado previamente con el Comprador una prórroga del plazo de entrega.



XI. OTRAS RECLAMACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS



  1. Cualquier reclamación del Comprador por daños y perjuicios y reembolso de gastos (en adelante, “Reclamaciones por Daños”), cualquiera que sea el motivo jurídico, incluidas las infracciones de obligaciones derivadas del contrato o de responsabilidad extracontractual, quedará excluida.
  2. Lo anterior no se aplicará en caso de responsabilidad obligatoria, por ejemplo, en virtud de la Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos (“Produkthaftungsgesetz”), en caso de dolo, negligencia grave, lesiones a la vida, integridad física o salud, o incumplimiento de una condición esencial del contrato (“obligaciones contractuales fundamentales”). No obstante, las Reclamaciones por Daños derivadas de un incumplimiento de una condición esencial del contrato se limitarán a los daños previsibles y típicos del contrato, salvo que sean causadas por dolo o negligencia grave o se basen en la responsabilidad por lesiones a la vida, integridad física o salud. La disposición anterior no implica un cambio en la carga de la prueba en perjuicio del Comprador
  3. En la medida en que el Comprador tenga una Reclamación por Daños válida de conformidad con este Art. XI, esta prescribirá al expirar el periodo de prescripción aplicable a los Defectos conforme al Art. VIII punto 2. En el caso de reclamaciones por daños y perjuicios conforme a la Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos, se aplicarán las disposiciones legales sobre los plazos de prescripción.



XII. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE



  1. Si el Comprador es un empresario, el fuero exclusivo para todas las disputas que surjan directa o indirectamente del contrato será el lugar de establecimiento del Proveedor. No obstante, el Proveedor también podrá presentar una demanda en el lugar de establecimiento del Comprador.
  2. Las relaciones jurídicas derivadas en relación con este contrato se regirán por el derecho sustantivo alemán, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).



XIII. CLÁUSULA DE SALVAGUARDIA



La invalidez legal de una o más disposiciones de este contrato no afectará de ninguna manera la validez de las disposiciones restantes. Esto no se aplicará si fuera irrazonable para una de las partes continuar con el contrato.



XIV. RESTRICCIONES A LA EXPORTACIÓN



El Comprador no exportará, reexportará ni transferirá directa o indirectamente ningún Producto o dato técnico recibido del Proveedor a ningún país o usuario donde dicha exportación, reexportación o transferencia esté restringida, ya sea por las leyes aplicables en el país del Comprador o por las leyes de los Estados Unidos de América, sin obtener primero la licencia, autorización, certificación o aprobación gubernamental o similar requerida. Si el Comprador revende o de otro modo dispone de cualquier Producto o dato técnico adquirido en virtud del presente, cumplirá con todas las restricciones a la exportación aplicables.



ANEXO A — CONDICIONES DE VENTA E-COMMERCE DE HENGSTLER GMBH



Al realizar un pedido de bienes o servicios en el sitio web de comercio electrónico de Hengstler, el Comprador declara que tiene la edad legal para celebrar este acuerdo y acepta y queda vinculado por estos Términos y Condiciones. El Comprador declara que (i) si realiza un pedido en nombre de una organización o empresa, tiene la autoridad legal para vincular a dicha organización o empresa a estos Términos, o (ii) si realiza un pedido en nombre propio, lo hace con fines relacionados con su actividad comercial o profesional.



El Comprador no podrá pedir ni obtener bienes o servicios del sitio web de comercio electrónico de Hengstler si (i) no acepta estos Términos, (ii) no tiene al menos 18 años de edad o la edad legal para celebrar un contrato vinculante con Hengstler, (iii) no lo hace con fines relacionados con su actividad comercial o profesional o (iv) la ley aplicable le prohíbe acceder o utilizar este sitio web o cualquiera de sus contenidos, bienes o servicios.



Estas condiciones de venta e-commerce (“Condiciones E-Commerce”) se aplican a la compra y venta de bienes y servicios (“Suministros”) por parte de Hengstler a través de shop.hengstler.de o cualquier sitio web con sede en la Unión Europea (cada uno denominado el “Sitio”). Estas Condiciones E-Commerce podrán modificarse por Hengstler sin previo aviso por escrito en cualquier momento, a su entera discreción. El Comprador deberá revisar estas Condiciones E-Commerce antes de comprar cualquier Suministro disponible a través del Sitio; el uso continuado del Sitio constituirá la aceptación y el acuerdo del Comprador con dichos cambios.



Estas Condiciones E-Commerce forman parte integrante de las Condiciones Generales de Venta (disponibles en https://www.hengstler.de/en/service/terms_conditions.php) y de cualquier condición de uso del sitio web aplicable al uso del Sitio. El Comprador también debe revisar detenidamente la Política de Privacidad de Hengstler (disponible en https://www.hengstler.de/en/company/data_privacy.php) antes de realizar un pedido de Suministros a través del Sitio.



ENVÍOS; ENTREGA; TITULARIDAD Y RIESGO DE PÉRDIDA

(a) Hengstler organizará el envío de los Suministros al Comprador. El Comprador deberá consultar la página de producto para conocer las opciones de entrega específicas. El Comprador pagará todos los gastos de envío y manipulación, salvo que se especifique lo contrario en la confirmación del pedido.



(b) La entrega será CIP (Incoterms 2010). La titularidad y el riesgo de pérdida se transmitirán al Comprador cuando los Suministros se entreguen al primer transportista. Las fechas de envío y entrega son solo estimativas y no pueden garantizarse; Hengstler no será responsable de ningún retraso en los envíos.





PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO

(a) Todos los precios, descuentos y promociones publicados en el Sitio están sujetos a cambios sin previo aviso. El precio cobrado por los Suministros será el precio anunciado en el Sitio en el momento de realizar el pedido, sujeto a los términos de cualquier promoción o descuento aplicable. El precio cobrado se indicará claramente en el correo electrónico de confirmación del pedido. Los aumentos de precio solo se aplicarán a los pedidos realizados después del momento del aumento. Hengstler se esfuerza por mostrar información de precios precisa; sin embargo, ocasionalmente pueden producirse errores tipográficos, inexactitudes u omisiones relacionados con los precios y la disponibilidad. Hengstler se reserva el derecho de corregir cualquier error, inexactitud u omisión en cualquier momento y de cancelar cualquier pedido derivado de dichas circunstancias.



(b) El Comprador declara y garantiza que (i) la información de la tarjeta de débito, tarjeta de crédito u otro método de pago proporcionada a Hengstler es veraz, correcta y completa, (ii) está debidamente autorizado para utilizar dicha información para la compra, (iii) los cargos incurridos por el Comprador serán aceptados por su compañía de tarjeta de débito o crédito, u otro proveedor de servicios de pago, y (iv) el Comprador pagará todos los cargos indicados por Hengstler en el momento de la compra, incluidos los gastos de envío, manipulación y todos los impuestos aplicables.





ANULACIÓN

El Comprador acepta que su pedido constituye una oferta de compra, conforme a estas Condiciones E-Commerce, de todos los Suministros enumerados en un pedido. Todos los pedidos deben ser aceptados por Hengstler. Hengstler podrá decidir no aceptar pedidos a su entera discreción, incluso después de enviar al Comprador un correo electrónico de confirmación con un número de pedido y detalles de los artículos solicitados. Los pedidos no podrán cancelarse ni reprogramarse sin el consentimiento por escrito de Hengstler y estarán sujetos a gastos de cancelación o reprogramación determinados por Hengstler.





SUMINISTROS NO DESTINADOS A LA REVENTA O EXPORTACIÓN

El Comprador declara y garantiza que adquiere los Suministros del Sitio solo para uso propio y no para reventa o exportación. El uso, venta, reexportación, entrega o retransmisión, directa o indirectamente, de los Suministros solicitados en o para actividades relacionadas con el diseño, producción, uso o almacenamiento de armas químicas, biológicas o nucleares o misiles está estrictamente prohibido. Además, el Comprador declara y garantiza que todas las compras están destinadas a la entrega final en ubicaciones dentro de la Unión Europea.





CAMBIOS DE DISEÑO

Hengstler y sus proveedores se reservan el derecho de cambiar el diseño del producto o las especificaciones de los Suministros disponibles en el Sitio en cualquier momento sin previo aviso.



PRIVACIDAD

La Política de Privacidad de Hengstler, accesible a través de www.hengstler.de y/o el Sitio, rige el tratamiento de todos los datos personales recopilados del Comprador en relación con la compra de Suministros a través del Sitio.



Términos y Condiciones